25 julio 2009

¿El 24% de las españolas toma psicofármacos? Falso

A cualquiera que lea eso se le deberían encender las alarmas pero parece que no ha sido así. La "noticia" viene de un trabajo publicado en Atención Primaria, una revista editada por Elsevier, por investigadores de un centro madrileño. Se hacen eco de la presunta conclusión, entre muchos otros, Plataforma SINC donde se afirma sin aparente rubor:
Pero los resultados publicados en la revista Atención Primaria son impactantes: en España, el 24% de las mujeres toma antidepresivos y más del 30%, tranquilizantes
Estamos en crisis, sí. ¿Pero hasta ese punto? Pues no, todo se debe a una mala lectura y peor interpretación del trabajo original cuya referencia es: Pérez Cuadrado, S., et al., 2009, Consumo de psicofarmacos y disfuncion familiar. Atención primaria, 41(3): 153-157.
Lamentablemente dicha revista no es accesible sin previo pago de su importe por lo que tenemos que quedarnos con el resumen que, de todas formas, es suficiente para hacerse una idea del problema:
Acudieron 625 mujeres, de las que se entrevistó a 121 (19,36%), con una media de edad de 46,8±12,7 años. El 90% son españolas. El 55,4% están casadas, el 67% tiene hijos, el 3,3% no tiene estudios y el 75,2% ha cursado estudios primarios y el 21,5%, estudios universitarios. Trabaja fuera de casa el 57,9%. Los antidepresivos son utilizados por el 24% de las mujeres y las benzodiacepinas, por un 30,6%. El consumo de benzodiacepinas aumenta con la edad (p<0,001).
Este resumen es un poco raro pero ya nos da los datos fundamentales y usando otro, en inglés y algo más explícito, publicado en Pubmed, podemos hacernos una idea del asunto.
¿Qué ha pasado en realidad? ¿Está justificada la afirmación de que casi una cuarta parte de la españolas toma psicofármacos?
En estos textos empezamos a comprender de dónde salen los números. Resulta que la muestra de la población fue una fracción de las mujeres que acudieron a un Centro de Atención Primaria durante una semana de marzo de 2005. De las 625 mujeres fueron entrevistadas un 20% (121) de las cuales 29 tomaban tomaban antidepresivos. No figuran en el resumen los criterios de selección.
La afirmación que aparece en los diarios es absurda por al menos dos motivos. El primero y más importante es que la muestra no es representativa ya que no ha sido seleccionada al azar entre la población sino entre las personas que acudieron a un centro sanitario en concreto de una zona concreta de una única ciudad de España y en una sola semana. Este procedimiento casi garantiza la presencia de sesgos importantes, especialmente por la primera circunstancia. El segundo motivo es que, al final, la proyección sobre 20 millones de mujeres se realiza con una muestra de 121 lo cual sugiere una mínima fiabilidad de los porcentajes estimados.
En descargo de los autores del trabajo hay que decir que los titulares de los artículos no parecen haber salido de ellos sino de un excesivo entusiasmo por el espectáculo por parte de algunos periodistas. La conclusión real del artículo es que no hay relación aparente entre el consumo de psicofármacos y disfunción familiar. Pero claro, eso no da para un titular.


Actualización. He recibido el trabajo publicado completo y, como podía suponerse visto el resumen, en ningún lugar aparece que las autoras pretendan aplicar sus resultados a la población en general.

24 julio 2009

[Breves] Acceso abierto en Science al monográfico sobre el Apolo XI

El 30 de enero de 1970, la revista Science publicó un monográfico sobre el Apolo XI de más de 300 páginas. No se trata de artículos de divulgación sino de ciencia dura pero ahí están, con una enorme cantidad de información sobre mineralogía, petrología, composición isotópica, espectroscopía... El caso es que con motivo del cuadragésimo aniversario del alunizaje han decidido dar acceso libre a todos ellos (hay que registrarse): Apollo 11.
(Por cierto, disculpas a los suscriptores, que se me fue la tecla antes de tiempo, esta es una versión corregida).


23 julio 2009

Cómo se enfría un tucán

No es sorprendente pero sí bonito: una termografía revela que el pico del tucán actúa como un radiador emitiendo calor y, se supone, contribuyendo a enfriar a su propietario antes de dormir. La imagen de abajo es de un pequeño video que pueden ver aquí. Los colores azules señalan menor temperatura y los amarillos y rojos la mayor. ¿Qué saldría en una termografía suya al irse al catre?

22 julio 2009

Veto a la investigación con células troncales embrionarias en Italia

En Italia se puede investigar con células troncales de cualquier tipo, incluyendo las de origen embrionario humano. En febrero de este año se publicó la convocatoria para proyectos de investigación específica para células troncales con una financiación total de 8 millones de euros.
Leyendo atentamente la convocatoria puede encontrarse una frase clave perdida en el texto:
Saranno esclusi i progetti che prevedono l’utilizzo di cellule staminali embrionali di origine umana.
Serán excluidos los proyectos que impliquen el uso de células troncales embrionarias de origen humano.
Lo curioso del asunto es que debido a polémicas previas la redacción de la convocatoria fue encargada a un comité de cinco científicos por Livia Turco, la ministra de Sanidad. Según Giulio Cossu, uno de los integrantes del comité, el documento que ellos redactaron y presentaron no contenía esta frase que aparentemente fue añadida a posteriori sin mayores consultas y sin que, hasta ahora, se sepa de quién salió la decisión (ver artículo al respecto).

La exclusión específica y sin argumentos de los proyectos que usen células embrionarias de origen humano motivó que tres investigadoras, E. Cattaneo, E. Cervai y S. Garagna, recurrieran la convocatoria por vía administrativa ante un tribunal de Roma.
El argumento es que, aunque la legislación italiana no permite la destrucción de embriones para conseguir células troncales, sí permite la investigación con líneas celulares ya creadas. Debido a esto no hay motivo para la exclusión global, sin matices, de la investigación con células troncales de origen humano y al producirse, en opinión de las demandantes, se interfiere en el derecho de libertad de investigación ya que los posibles proyectos no atentarían contra ley alguna.

Hace apenas 4 días, el 19 de julio pasado, el tribunal administrativo presidido por el juez M. de Giuseppe, rechazó la demanda de anulación de la convocatoria. Los "considerandos" son dos, ambos interesantes por motivos distintos:
  • Teniendo en cuenta el marco normativo de la ley 40/2004, que pone límites específicos en la experimentación sobre embriones humanos.
Lo cual no parece tener sentido ya que los límites que dicha ley impone no excluye lo que los demandantes solicitan (ver Art. 13 y 14).
El segundo argumento es para mí imposible de traducir por lo que se lo pongo tal cual:
  • Considerato che non appare comprovata la legittimazione attiva delle ricorrenti con riguardo alla impugnazione della clausola interdittiva dell’invito a partecipare, atteso che il ricorso non risulta proposto né da “destinatari istituzionali” né da “Istituzioni esterne” collegate con i primi da specifici accordi.
Lo que quiere decir este galimatías es simplemente que los investigadores no tienen capacidad para recurrir la convocatoria porque esta potestad está limitada a "actores institucionales", potenciales receptores de la financiación, como son, por ejemplo, las propias universidades.

En consecuencia, supongo que más del segundo considerando que del primero, que no viene a cuento, el tribunal rechaza el recurso que pedía la suspensión de la convocatoria y esta sigue adelante. Lo curioso es que no está claro que el segundo considerando tenga apoyo legal y parece más bien una interpretación del tribunal que ha pillado por sorpresa a las demandantes. Dice Cattaneo:
It is also shocking that as individual scientists we do not have the right to appeal against a public call for proposals that limits our freedom to do research that is legal in our country.
También es chocante que los científicos no tengan derecho de recurso contra una convocatoria pública de propuestas que limita nuestra libertad de hacer una investigación que es legal en nuestro país.
Personalmente me sorprende que un cuidadano no pueda presentar libremente un recurso contra una decisión gubernamental. Dado que desconozco absolutamente la legislación italiana me quedaré con la duda de si esta peculiaridad es real o es algo que el juez se ha sacado de la manga.
Para terminar y como curiosidad, les comento que en el tribunal se presentaron como parte opositora al recurso varias personas del "Movimento per la Vita".

Me enteré del asunto por ScienceInsider.

[Breves] Una estafa más por Internet

El Ministerio de Economía y Hacienda no envía el siguiente correo que está circulando estos días por España:
Asunto: 2009 - Devolucion de impuestos calculo
Emisor: Ministerio de Economia y Hacienda (informacion.fiscal@meh.es)
Estimado Solicitante,
2009 – Devolucion de impuestos calculo
Despues del ultimo calculo anual de su actividad fiscal hemos determinado que usted es elegible para recibir un reembolso de impuestos de 284.23 euros. Su numero de devolucion de impuestos: 2 7 9 0 2 1 6 8 1 5 , por favor rellene el formulario de pago se adjunta en el correo electronico. Por favor, envie el reembolso de impuestos y permitir que nos 3ra-9no dias habiles, a fin de proceso.
Saludos cordiales.
JORGE DE JUSTO
Agente de la Oficina de Credito de Impuestos
informacion.fiscal@meh.es
901 33 55 33
El formulario que nos piden que rellenemos incluye, entre otros campos, el número de la tarjeta de crédito. Aparte de la deficiente redacción, el Ministerio nunca realiza estos procesos de esta manera. Se trata de un intento de fraude más que debe ser ignorado.

20 julio 2009

La blasfemia será delito en Irlanda

La Constitución de Irlanda confirma en su artículo 40, entre otros derechos, el de "expresar libremente sus convicciones y opiniones" pero también acota los límites de este derecho:
The publication or utterance of blasphemous, seditious, or indecent matter is an offence which shall be punishable in accordance with law.
La publicación o expresión de cuestiones blasfemas, sediciosas o indecentes es un delito que será castigado de acuerdo con la ley.
Uhmmm ¿blasfemia? ¿de qué estamos hablando? La historia es curiosa, reciente y patética: el 7 de mayo de 2008 fue nombrado Ministro de Justicia un personaje llamado Dermot Chistopher Ahern. Una de sus primeras iniciativas, supongo que era algo prioritario, fue desarrollar el artículo constitucional enmendando la llamada Defamation Bill para introducir expresamente la blasfemia como delito. Según él, la blasfemia debe entenderse como:
Una expresión manifiestamente abusiva o insultante en relación con cuestiones consideradas sagradas por cualquier religión, proponiéndose con dicha expresión causar indignación entre un significativo número de adeptos a esa religión.
Piensen en las expresiones: abusiva o insultante para lo que otros, de cualquier religión, consideren sagrado. Además deben juzgar la intención. Por lo visto pueden ustedes proferir maldiciones contra todos los santos del cielo si con ello no tienen la intención de causar indignación entre muchos (si indignan a pocos, en número "no significativo", no hay problema).
La propuesta del gobierno fue aprobada en la cámara baja (donde la multa máxima se rebajó de 100000 euros a 25000) y pasó al Senado donde se votó hace apenas 9 días. El resultado fue que el proyecto de ley se aprobó por un único voto de diferencia: 23 contra 22 (de 60 miembros).
Para que esta ley entre en vigor ya sólo falta un informe del Consejo de Estado que se debatirá el próximo miércoles pero que no es vinculante para el presidente que, una vez recibido y con independencia de su contenido, podrá firmar la ley. Tal vez deba pasar por otro informe para evaluar su constitucionalidad pero no olvidemos que la blasfemia está incluida ya en la Carta Magna irlandesa.

La oposición manifestó que lo que había que hacer era modificar la Constitución para eliminar de ella la referencia a la blasfemia pero el gobierno argumentó que era algo inviable porque el preceptivo referendum era excesivamente caro en estos tiempos de crisis. Curiosamente sí se va a hacer un referendum el próximo octubre para ver si a la segunda se aprueba el Tratado de la Unión Europea, rechazado en el año 2008.

Pero no todo está perdido. Se lo crean o no, se podrá blasfemar si una "persona razonable" encuentra genuinos valores literarios, artísticos, políticos, científicos o académicos en la expresión delictiva:
It shall be a defence to proceedings for an offence under this section for the defendant to prove that a reasonable person would find genuine literary, artistic, political, scientific, or academic value in the matter to which the offence relates.
Eso sí, tengan cuidado si no se expresan "con arte" porque se añade que el juez podrá dictar una orden con la que la policía podrá entrar incluso en su domicilio "ejerciendo si es necesario una fuerza razonable" para buscar copias de la ofensa y tal y cual...
[...] authorising any member of the Garda Siochana to enter (if necessary by the use of reasonable force) at all reasonable times any premises (including a dwelling) at which he or she has reasonable grounds for believing that copies of the statement to which the offence related are to be found...
[...] se autoriza a cualquier miembro de la Garda Siochana para entrar (si es necesario con el uso de fuerza razonable) en cualquier momento oportuno a todos los locales (incluida la vivienda) en el que haya motivos razonables para creer que puedan encontrarse copias de las expresiones relacionadas con el delito...
Por si les resulta difícil de creer tanta estupidez, tienen ustedes el texto completo aquí.

Esta majadería es un claro ejemplo de legislación basura, aunque no debido a sus efectos sobre la libertad de expresión, que creo que serán nulos, sino por la pésima redacción, la subjetividad y la acumulación de ambigüedades que la hará no aplicable. Comentaba en este blog, allá a finales del 2005, que las leyes y decretos deberían ser como los medicamentos y sólo deben aplicarse tras estudios que garanticen tres cosas esenciales: que realmente son funcionales contra la enfermedad que sea, que sus efectos secundarios, aunque existan, están bajo control y que sus interacciones con otros medicamentos no darán sorpresas desagradables. No es el caso.
Creo, sin embargo, que esta nueva normativa no tendrá efectos reales. Comentan en algunos lugares que podrán multarle a usted si le da por opinar de palabra o por escrito que los dioses son seres imaginarios ya que eso es sagrado para muchas personas que podrán sentirse ofendidas y denunciarle por haberlas agraviado. Pero si la norma se cumple, el juez tendrá que valorar que su declaración no tienen valores políticos, literarios, artísticos, etc. y que, además, usted tenía intención directa de ofender. Demasiado complicado aunque de los jueces no puede fiarse uno demasiado.
Consecuentemente con la ley, hay cosas importantes que pueden quedar a salvo: "La vida de Brian" podrá exponerse y ser vista o alquilada en un videoclub sin riesgos si alguna "persona razonable" dice que tiene algo contenido artístico (¿qué será eso de "persona razonable"?)
Con esta normativa Irlanda se ha separado de sus vecinos (Inglaterra y Gales eliminaron la blasfemia de su ordenamiento legal en 2008) y unido a aquellos otros países que viviendo en la Edad Media consideran que las creencias religiosas no pueden ser criticadas (ver aquí).
Personalmente les diré por aquello de dejar las cosas claras que considero que la libertad de expresión debe ser muy amplia y sólo debe regularse en cuanto se incite a la comisión de delitos. Por eso tampoco estoy de acuerdo con que en algunos países se penalice decir que la matanza de judíos en la Alemania nazi no existió (o que Herodes no mató a nadie, o mató a muchos, o que los Reyes Magos no existen, etc.). Las opiniones, infundadas, erróneas o delirantes deben ser toleradas (1) y, en su caso, desmontadas mediante datos y argumentos, pero nunca penalizadas. La blasfemia, que en España es una tradición, puede ser antiestética pero nunca un delito.

(1) Recuerden que tolerancia es aceptar que lo que no nos gusta tiene derecho a existir, no nos obliga a que nos hagamos devotos de ninguna idea. Rafael Reig lo explica perfectamente con su peculiar toque de mala leche.
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