17 abril 2006

Sagan, demonios y parásitos

Estoy releyendo el libro “El mundo y sus demonios” de Carl Sagan. Y esta vez me está dejando una sensación desagradable. Es un libro escrito desde el sentido común, donde
se defienden estrategias tan obvias como no buscar explicaciones inverosímiles si las hay simples o que si te han desaparecido las llaves de casa no eches la culpa a un extraterrestre, probablemente las has dejado en el bar.
¿Porqué entonces ese regusto amargo? Pues porque ahora, unos años más tarde, veo más claro que la superchería, los gurús, los vendedores fraudulentos de salud y bienestar son de un atractivo tan enorme que estarán siempre con nosotros. Aprovechan esa estrategia de parásitos para la que hay siempre espacio, especialmente en sociedades de cultura débil y donde el conocimiento científico es muy limitado. La situación se agrava en tiempos donde no se promueve el pensamiento crítico en la educación y donde, a juzgar por su comportamiento público, cualquier patán puede llegar a diputado sin excesivos problemas.
Esta sensación de desasosiego se agrava al escuchar continuamente declaraciones pomposas o falaces por parte de los responsables de los nuevos (¿) paradigmas educativos. Les pongo sólo un ejemplo mínimo, casi irrelevante, pero que posee esa extraña cualidad que me enerva como pocas otras cosas: hace unos días, el secretario de Estado de Universidades e Investigación, Salvador Ordóñez dice que “se están dando grandes pasos en política científica, con compromisos como el incremento presupuestario del 25 por ciento anual”. Muy bonito, magnífico, don Salvador, pero estoy harto de que se confundan las promesas con los hechos. Este tipo de declaraciones son una estafa porque sólo venden humo y generan esa suerte de majadería que en las primeras semanas de vida de este blog, no hace tanto tiempo, llamé nonoticias.

Y ahí está el libro de Sagan, que debería ser obligatorio en los institutos y promocionado en las bibliotecas, comparando a la ciencia con una pequeña luz perdida en la oscuridad del mito y la superstición.
No será posible ganar, sin duda, porque la superchería es una estrategia evolutivamente estable y eliminarla es volver a la utopía. Lo que al menos debemos intentar es evitar que toda esta basura llegue a la vida pública en forma de ley. Para eso deberían estar sus señorías/os, los diputados/as, Pero no, su reino no es del mundo mortal, está en otro país, nación o lo que diablos sea esto, en un plano astral que tiene tanto que ver con la realidad como la echadora de cartas del tarot.

14 abril 2006

Creative Commons reconocida por un juez

Donde un juez deja claro que las licencias CC son válidas y que la SGAE no puede cobrar por las obras acogidas a ellas.
Creative Commons es una buena idea, es una forma de que los autores de cualquier cosa (incluido este blog) dejen claro cuales consideran sus derechos sobre la obra y cuales están dispuestos a ceder. Y desde hace unos días permite, como efecto colateral, que la SGAE no llene sus arcas a lo buitre, recaudando sobre lo que no es suyo. El problema era que las licencias CC podían no ser reconocidas por los jueces en caso de conflicto de intereses.

Este conflicto se produjo cuando la Sociedad General de Autores y Editores demandó al propietario de un bar de Badajoz solicitándole el pago de algo más de 4800 euros en concepto de derechos de autor por la música que ponía en su local.
Que en dicho bar se reprodujera o tocara música bajo licencia Creative Commons le daba igual. El hecho de que la sociedad no gestione este tipo de obras tampoco le importaba nada. La SGAE llegó a contratar a personas para grabar dentro del local la música que se ponía (¿no sería esto una grabación pirata?). Pero la racionalidad se impuso a través del juez de primera instancia del juzgado 6 de Badajoz que absolvió al demandado y condenó a la SGAE a pagar las costas del juicio.
En el estado actual de las cosas, y al no recurrir la SGAE, la sentencia es firme y según algunos medios de comunicación sienta jurisprudencia (yo esto no lo tengo claro).
La noticia original se reprodujo en diversos diarios pero siempre es mejor leer la sentencia, disponible en Derecho en Internet (bajo licencia Creative Commons).
La sentencia se basa en que la SGAE acusa al propietario del bar de poner música gestionada por ellos. A pesar de contratar a detectives privados para realizar grabaciones no fueron capaces de concretar la acusación mencionando expresamente alguna obra o autor. Por su parte el demandado demostró su capacidad técnica para descargar música bajo licencia CC y aportó testigos de que lo hacía sistemáticamente para reproducirla. Y el juez reconció que la música bajo licencia CC no está gestionada por la SGAE ni, en consecuencia, se le debe nada a esta sociedad.
La validez jurídica de las licencias CC es así reconocida legalmente, parece ser que por primera vez en un país europeo.
Lamentablemente, el canon sobre los medios de reproducción y los soportes de grabación sigue igual apoyado en falacias que cualquier alumno de instituto desmontaría en un minuto. No ocurre así con nuestros legisladores, que siguen en su plano astral particular, sin enterarse de lo que pasa en la realidad.

11 abril 2006

GRACE no sale en los periódicos

Estos días ha salido en todos los medios de comunicación la Venus Express. Es una misión de nuestra Agencia Espacial Europea por lo que merece toda la cobertura posible, por supuesto. Pero me he acordado de varias hermanas pequeñas que no salen en los periódicos ni en los telediarios. Hoy les comento la existencia de GRACE, acrónimo de Gravity Recovery and Climate Experiment, una de esas misiones científicas que poca gente conoce fuera de los especialistas. Misiones que se diseñan, desarrollan y desaparecen dejando tras de sí poca publicidad pero una enorme cantidad de conocimiento. Por eso me caen bien, porque son los olvidados del público, la antítesis de las grandes misiones, satélites pequeños y baratos, cuya documentación técnica y datos suelen estar disponibles en internet de forma gratuita porque se asume que no tienen valor comercial.

Imagen también disponible en alta resolución en la web de GRACE en la Universidad de Texas

GRACE está formado por dos satélites gemelos que orbitan casi juntos a una altitud de 500 km y su misión principal es hacer mapas del campo gravitatorio de la Tierra. Como GRACE tiene casi cuatro años de vida, los datos son ya muy numerosos y esos mapas (mensuales) están hechos. Han mostrado cosas interesantes, como que los gigantescos acuíferos amazónicos alteran estacionalmente el campo gravitatorio terrestre. Pero ahora empiezan a aflorar otros resultados, como efectos colaterales, que nos permiten conocer un poco más nuestro planeta y aventurar un futuro más o menos próximo.
Les cuento sólo uno de ellos. Isabella Velicogna y John Wahr acaban de publicar un trabajo titulado “Measurements of Time-Variable Gravity Show Mass Loss in Antarctica”. El resumen no es un texto hermético precisamente:
Mediante las medidas de gravedad de los satélites GRACE hemos determinado variaciones en la masa de la capa de hielo antártico en el periodo 2002-2005. Hemos encontrado que la masa de la capa de hielo ha disminuido significativamente con una tasa de 152 ± 80 kilómetros cúbicos de hielo al año, lo que equivale a 0.4 ± 0.2 milímetros de incremento del nivel medio de mar por año.
En uno de los comentarios de hace unas semanas, alguien hablada del “dogma” del calentamiento global. GRACE no entiende de dogmas. Si alquien quiere ver documentos al respecto puede echarle un vistazo a GRACE Science Papers o, menos técnico, a GRACE in the Press.

08 abril 2006

El Congreso de los Diputados de España reconoce los medicamentos homeopáticos

Donde nuestros representantes reconocen que los preparados homeopáticos son medicamentos y que pueden autorizarse por procedimiento simplificado.

El Congreso de los Diputados aprobó hace un par de días el proyecto de ley del medicamento, formalmente “Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios”. Reserven alguna neurona para recordar lo de “uso racional” cuando lean lo siguiente.
Les copio/pego literalmente dos partes interesantes:

1. En la Exposición de motivos lo preparan a uno para lo que viene después:

“El capítulo V regula las garantías sanitarias de los medicamentos especiales, entendiendo como tales a aquellos medicamentos que por sus características particulares requieren una regulación específica. En esta categoría se incluyen las vacunas y demás medicamentos biológicos, los medicamentos de origen humano, los medicamentos de terapia avanzada, los radiofármacos, los medicamentos con sustancias psicoactivas con potencial adictivo, los medicamentos homeopáticos, los de plantas medicinales y los gases medicinales.”

2. Avanzamos un poco y… (las cursivas son mías)

Artículo 49. Medicamentos homeopáticos.

  1. Se considera medicamento homeopático, de uso humano o veterinario, el obtenido a partir de sustancias denominadas cepas homeopáticas con arreglo a un procedimiento de fabricación homeopático descrito en la Farmacopea Europea o en la Real Farmacopea Española o, en su defecto, en una farmacopea utilizada de forma oficial en un país de la Unión Europea. Un medicamento homeopático podrá contener varios principios activos.
  2. Reglamentariamente se establecerán los requisitos de autorización de medicamentos homeopáticos atendiendo a sus condiciones especiales. En particular se establecerá un procedimiento simplificado para aquellos productos cuyas garantías de calidad y seguridad lo permitan.
  3. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios podrá autorizar la comercialización y distribución de las preparaciones homeopáticas que contengan algún componente de los denominados «nosodes», siempre que el titular del producto acredite, de manera suficiente, que la relación beneficio-riesgo de tales preparaciones resulta favorable. A tal efecto, se entenderán por «nosodes» aquellos productos patológicos de origen humano o animal así como los agentes patógenos o sus productos metabólicos y los productos de descomposición de órganos de origen humano o animal.
  4. El Ministerio de Sanidad y Consumo establecerá un código nacional que facilite su pronta identificación y, asimismo, exigirá que sus números o claves figuren en el envase, etiquetado y embalaje de los medicamentos homeopáticos, con el mismo criterio que en los demás medicamentos.

¿Cepas homeopáticas? ¿Principios activos de los productos homeopáticos? ¿Procedimiento simplificado de autorización? ¿”Nosodes”?

La redacción original del artículo 47 se modificó en sus apartados 3, 4 y 5 por enmiendas de varios grupos parlamentarios: Grupo Mixto, GIU-ICV, GP, GER-ERC y GC-CiU. Obviamente nadie hizo ninguna referencia al fondo del asunto, sólo a la forma (igual que la Generalitat, ver entradas y comentarios anteriores, esta antes y esta después).

Propongamos, además del reconocimiento oficial de la existencia del Ratoncito Pérez, la imposición de manos como técnica curativa, no hay problema, en este ambiente de buen rollito todo cuela.

07 abril 2006

Terapias alternativas, Izquierda Verde y Plataformas varias

Izquierda Verde se apunta a un manifiesto de reivindicación de las terapias alternativas (y más cosas)
Esta entrada apenas está elaborada porque es sólo para dar algún dato más sobre la regulación de las "terapias alternativas". Los datos están sacados de la revista "El Global" (número 13-19 de febrero de 2006, página 24), disponible en PDF.
El título es "Más cerca de la regulación de las terapias alternativas" y aparecen cosas como esta:
"La Consejería de Salud de Andalucía, a través de su Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, también ha analizado la situación de las terapias alternativas en la región, como parte del plan de acción sobre este tipo de prácticas. El Grupo Parlamentario Izquierda Verde recogió la petición presentada por la PDSN en el Congreso de los Diputados con la entrega de casi 100.000 firmas y elaboró un proyecto no de ley para regular este sector."
PDSN es el acrónimo de Plataforma para la Defensa de la Salud Natural, en cuya página web no he conseguido entrar. La PDSN aparece mayoritariamente, al buscar en Google, en las noticias de la web Culturismo Digital cuyo logotipo parece ser un bote de...
Finalmente, localicé el manifiesto de las presuntas 100.000 firmas en un foro. Lo he copiado y pasado a PDF para que el que quiera estar al loro lo ojee. Hoy no tengo fuerzas para poner por escrito mis desacuerdos con lo que ahí se dice. Lo que sí me apena es que Izquierda Verde haya decidido tomar este manifiesto como bandera, otro hecho más que muestra, en mi opinión, el monumental despiste que sufren en algunos temas.
Y finalizo con una frase lapidaria del foro antes mencionado para que veamos por donde va la corriente (por si no lo sabíamos): "El que es terapeuta de verdad y tiene alma de terapeuta no tiene necesidad ninguna de ser médico."

02 abril 2006

La Generalitat regula las “terapias naturales“. Continuación.

Este asunto de las “terapias alternativas” y la Generalitat se ha difundido más allá de lo que podía esperar gracias a una entrada en el blog de Arcadi Espada y de la página correspondiente en El Mundo de ayer sábado, titulada “En manos de los echadores de cartas”.

Todo ello ha generado algunos comentarios en este blog y bastantes correos particulares de todo pelaje. Para contestar a algunos y liquidar (en el buen sentido de la palabra) el tema del borrador catalán por el momento, insistiré un poco más sobre aspectos formales del asunto.

El primero es que los redactores del borrador de Decreto de la Generalitat se meten en un jardín de difícil salida. Se recogen a 4 tipos de terapias alternativas (TA a partir de aquí) pero, haciendo gala de una desidia e incompetencia difíciles de entender

a) Dan unas definiciones que incumplen todas las condiciones que una definición debe contener que son esencialmente dos y muy simples: acotar con precisión de qué se habla y cómo se diferencia del resto de opciones.

b) Incluyen cuatro TA sin explicar porqué esas y no otras terapias "alternativas a las alternativas".

La definición, por ejemplo, de “criterio naturista” es una memez de diseño, una unión de palabras que no acotan nada, que nada definen y que, todo lo más, pueden subirte la glucemia como efecto secundario.
La definición de terapias y técnicas manuales es tan vaga que podrían incluir hasta los servicios de un club de carretera.
La definición de “criterio homeopático” se apoya en un supuestamente existente “principio de la similitud”. Dicho principio es llamado nada menos que “Ley de la similitud” en el panfleto que distribuye la Unidad de Medicina Natural de la Fundació Privada Salut del Consorci Sanitari del Maresme. La “ley” consiste según ellos es “proporcionar al paciente la sustancia que es capaz de provocar unos síntomas similares a los de su enfermedad”. Y ahí se acabó todo: ni fisiología, ni bioquímica, ni relaciones causa-efecto, ni hipótesis, ni teoría, res de res. Sólo axioma.
Como aquí hemos visto que hay legisladores de todo a cien, pues también llamaremos “ley” a cualquier cosa, desde la de Newton de la gravitación hasta la última ocurrencia del homeópata del barrio. Coherencia ante todo.

¿Se me había olvidado el apartado a? No, no se preocupen. Es que a ese hay que echarle de comer aparte porque al legislador aficionado no se la ha ocurrido otra cosa que meter la coletilla “y otras terapias orientales afines” cosa que ningún legislador con dos dedos de frente se atrevería a hacer. La subordinada, aparentemente inocua, es una puerta abierta a cualquier otra cosa siempre, eso sí, que venga de los países del Sol Naciente sensu lato. Este criterio geográfico es peculiar, tal vez deberían acotar de que países se trata ¿podremos introducir las operaciones manuales de los charlatanes de Filipinas? ¿o no está suficientemente al Oriente? ¿o no es suficientemente tradicional? ¿o no es lo suficientemente afín a la acupuntura? De los indios yaquis ni hablamos, claro, no son orientales ni tienen 3000 años de tradición (con permiso de Von Däniken, que en un plis plas les saca antepasados prediluvianos venidos del Oriente de Marte).
Tampoco está mal la limitación de terapias y técnicas a las manos ¿por qué no a los pies o a los codos? ¿es menos efectivo el masaje tailandés? Hay quien opina que encajaría perfectamente en el desaguisado: “El masaje Tailandés es un trabajo corporal profundo que ayuda a restablecer nuestra energía vital y a reequilibrar nuestros aspectos físicos, mentales y emocionales… El masaje Tailandés es parte de la medicina tradicional tailandesa cuyo origen se encuentra en la India en los tiempos de Buda”. El resto ya lo conocen: puntos energéticos, visión holística, “unidad de cuerpo, mente y espíritu” (¡vaya! aquí somos una trinidad, nunca te acostarás sin saber una cosa más…) y demás literatura de moda.

La siguiente ambigüedad se perpetra en cuanto a la definición de competencias. La idea es siempre pasar una prueba para acceder a la capacidad y práctica profesional. Dicha prueba no se define en ningún momento con lo que el marrón que le colocan al Instituto de Estudios de la Salud es antológico. Tengo una enorme curiosidad por saber como se pasa la prueba de la homeopatía porque se supone que esta prueba tendrá, como mínimo dos calificaciones: apto o no apto. ¿Serán no aptos los que no se sepan la “ley de la similitud”? ¿Tendrán que saberse de memoria el número de Avogadro?
Mientras se aclara todo el mejunje vayan preparando pruebas para kinesiología, magnetoterapia, terapia floral, moxibustión, radiestesia diagnóstica… Porque el problema es ¿cómo distinguirá la Generalitat las terapias alternativas “válidas” de las demás? Totum revolutum.

Y si ahora quieren enfadarse de verdad y ver hasta qué punto es peligroso el papanatismo postmoderno de la Generalitat, lean el siguiente artículo de Discovery Salud firmado por José Antonio Campoy. ¿Está la consejera Geli dispuesta a aceptar cosas semejantes?

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